El juez Alejo Ramos Padilla consideró que no hubo delito en el ingreso de familias al predio en Los Hornos y requirió a las áreas competentes del Estado nacional, provincial y local a avanzar en la urbanización de la zona.
Así lo entendió el Superior Tribunal de esa Provincia quien supeditó la restitución de la vivienda al momento en que el grupo familiar cuente con alguna solución habitacional que sea acorde a las necesidades de su hijo con discapacidad.
Se trata del derrumbe de viviendas por error efectuado por una empresa contratada por el Gobierno de la Ciudad. La cautelar da un plazo de hasta 10 días para el inicio de obras.
Se trata del caso donde la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó al gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que garantice una solución habitacional para una madre que vivía en situación de calle con su hijo con discapacidad motriz.
Así lo decidió el juez federal de Pehuajó, Andrés Heim al hacer lugar a una medida cautelar. También, exhortó al Congreso a que contemple mecanismos de financiamiento para la continuidad de esa política pública.